
Ley Fachada 6116 (Ex Ley 257)
| Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
LEY n° 257 | Direccion Genera de Fiscalizacion y Control de Obras
| Agencia Gubernamental de Control
FRONTIS provee servicio integral de asesoramiento y resolución de LEY FACHADA 257, confeccion de Informes y Certificados de conservación.
La Ley del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, exige la presentacion de certificación correspondiente del estado correcto de las fachadas.
Desde Frontis poseemos tècnicos especializados en la certificación, analisis y resolución de patologías existentes.
La ley exige el mantenimiento de:
Balcones, Terrazas y Azoteas.
Barandas, Balaustres y barandales.
Mensulas, carteles, modillones, cornisas, saledizos, cariátides, atlantes, pináculos, cresetría, artesonados y todo tipo de ornamento sobrepuesto, aplicado o voladizo.
Soportales de cualquier tipo, marquesinas y toldos.
Antepechos, muretes, pretiles, cargas perimetrales de azoteas y terrazas.
Carteles, letreros y maceteros.
Jaharros, enlucidos, revestimientos de mármol, paneles premoldeados, azulejos, mayólicas, cerámicos, maderas y chapas metálicas; todo otro tipo de revestimientos existente utilizados en la construcción.
Cerramientos con armazones de metal o madera y vidrios planos, lisos u ondulados, simples o de seguridad (laminados, armados o templados), moldeados y de bloques.